Claves para convocar una Junta de Vecinos Ordinaria

Una vez al año se celebrará, por exigencia legal, la Junta General Ordinaria para aprobar las cuentas del ejercicio del año. A continuación enumeramos algunas de las claves que deberás tener en cuenta sobre estas Juntas de Vecinos de carácter ordinario:

La Junta General Ordinaria se convocará con un plazo de 6 días de antelación. Esta junta será convocada y deberá ir firmada por el presidente-administrador de la comunidad y deberá constar en ella:

– el día de celebración, la hora (en primera y en segunda convocatoria)

– el lugar de la reunión

– el orden del día

Esta convocatoria se colocará en el tablón de anuncios del portal y a su vez será comunicada por escrito a aquellos vecinos que no residan en el inmueble.

Reunion Vecinos

En cuanto a la convocatoria de la Junta General Extraordinaria, puede ser convocada por el administrador o presidente cuando las circunstancias así lo necesiten, por motivos que afecten a la comunidad de vecinos. Sin embargo, a petición del 25% de los vecinos que reúnan a su vez el 25% de las cuotas de participación podrán exigir al presidente de la comunidad de propietarios la convocatoria de la junta.

Los acuerdos se transcribirán al libro de actas de la comunidad.

El acta será firmada por el presidente-administrador.

Los acuerdos adoptados en la junta se comunicarán a todos los vecinos, a los que se remitirá una copia de la misma.

 

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