Eficiencia energética. Mitos y realidades

Recuperamos un post acerca de los mitos que rodean la eficiencia energética:
Nuestros compañeros de certificante.com, que se encargan de poner al día a los usuarios sobre el certificado de eficiencia para que este cobre sentido, han elaborado un artículo donde muestran algunas afirmaciones sobre el certificado energético muy extendidas que, normalmente, contienen partes ciertas y otras… no tan ciertas.

“Solo necesito el certificado de eficiencia energética cuando voy a firmar un contrato”

A la hora de firmar un nuevo contrato (posterior a Junio de 2013) de alquiler o de venta debemos incluir el CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA, pero para cumplir con lo que establece la norma debemos tener el documento desde el momento en que anunciamos nuestra vivienda. Esto es así porque el certificado sirve para dar una información extra (de cuánto gasta y cuánto contamina) nuestra vivienda, para que el interesado en adquirirla disponga de ella a la hora de elegir.
 Por lo cual, esta afirmación es errónea, lo necesitamos desde el momento que ofertamos la vivienda.
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“Los electrodomésticos y la iluminación afectan al comportamiento energético de la vivienda”

Tanto los sistemas de iluminación como los electrodomésticos  de nuestra vivienda consumen energía, por tanto, afectan al consumo energético global. Sin embargo, el certificado de eficiencia energética de vivienda solo tiene en cuenta los equipos destinados a cubrir las demandas de agua caliente, calefacción y refrigeración. Además, los electrodomésticos y lámparas ya tienen sus propias etiquetas de eficiencia energética que nos indican sus niveles de consumo.
Con esto, queremos aclarar que siendo verdadera la afirmación citada, dichos electrodomésticos y equipos de iluminación (salvo en locales) no aparecerá en nuestro certificado.

“La VIVIENDA de mi vecino tiene una A, la mía también debería tenerla”

Para empezar, dudamos que su vecino tenga la calificación “A”, pero extrayendo de este comentario que dos viviendas, por estar en el mismo edificio, deben tener la misma calificación, confirmamos que no tiene por qué ser así. Partiendo de un edificio en Madrid donde las calidades en todas las viviendas sean iguales (muros, ventanas, toldos, etc.) hay que tener en cuenta que hay factores que determinan claramente las condiciones térmicas de cada una de las viviendas: La orientación, que sea planta baja o un ático, etc. Lógicamente, también repercutirá que, por ejemplo, se hayan sustituidos las ventanas, se haya instalado una bomba de calor de última generación, y todos los cambios que respectan a la eficiencia energética.
 Por lo tanto, esta afirmación solo será cierta cuando sean dos viviendas gemelas en todas sus características.

“Tener una G (peor calificación) no obliga a hacer reforma alguna”

El resultado de una certificación energética no conlleva ninguna obligación, por lo que teniendo una vivienda “G” o “A” no tendremos que llevar a cabo ninguna acción en consecuencia. En ocasiones, esto se confunde con lo que ocurre con las ITEs (Inspección Técnica de Edificios), donde cuando obtenemos un resultado desfavorable, tenemos de acometer las reformas indicadas en el informe correspondiente.
 Así que esta afirmación es completamente correcta y solo hay que añadir que los certificados de eficiencia energética incluyen propuestas de mejora para que nuestros clientes sepan cual es el camino hacia la eficiencia.

“Con tener el papel (el certificado) me basta, me da igual quién me lo haga”

Pues, efectivamente, si las partes que firman el contrato no están al tanto del tema adjuntan un certificado mal elaborado no ocurre nada. Los problemas pueden venir por varios motivos. Pero principalmente, un certificado mal hecho conlleva normalmente una calificación inferior a la real por lo que el interés de los buscadores de pisos se verá afectado y, sobre todo, se podría ver penalizado económicamente si en algún momento se pagan impuestos en función de cuanto contamina nuestra vivienda.
 Por lo tanto, esta afirmación es falsa y con un certificado de baja calidad los problemas llegarán antes o después.

“Hacer el certificado de eficiencia energética del EDIFICIO COMPLETO es más lógico y económico”

Desde el punto de vista económico, es claramente más rentable la certificación energética de un edificio completo y desde el punto de vista de la lógica, también. Esto es así debido a que al analizar un edificio en su totalidad optimizamos el trabajo y lo hacemos desde una perspectiva global de todo el edificio.
 Esto significa que la afirmación es cierta y que el reto es consiste en poner al todo el edificio de acuerdo.

“En el futuro, los impuestos por vivienda se pagará en función de la CALIFICACIÓN ENERGÉTICA”

Como ya hemos comentado, esto puede llegar a pasar, pero por ahora, no tenemos noticias reales. En otros países ya se lleva a cabo con la vivienda y dentro del mundo del automóvil ya se lleva a cabo en nuestro país.
 Así que, por ahora, no es cierto. Por ello, volvemos a aconsejarte que elijas una CERTIFICACIÓN DE CALIDAD que califique tu vivienda como le corresponde y no te haga pagar más en el supuesto anterior.

“Las viviendas posteriores a 2008 no necesitan Certificado de Eficiencia Energética”

Las viviendas posteriores a esta fecha se rigen por el CTE (código técnico de la edificación) y deben tener un certificado de eficiencia energética que se elaboró junto al proyecto. Es decir que estos propietarios ya adquirieron el certificado cuando compraron su vivienda, aunque no lo sepan.
Por lo que los propietarios de las mismas no tienen que hacer un nuevo certificado, pero si tienen que buscarlo y proporcionar dicho certificado a la hora de anunciar su vivienda.
Como se puede ver, la barrera entre mitos y realidades es muy delgada. Pero lo importante es que la información sobre el certificado energético llegue al usuario de una forma clara, ya que de poco sirve medir la eficiencia energética de una vivienda si no entendemos nada. Si sabes cuánto consume tu vivienda y por qué, sabrás cómo ahorrar”

 

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