Las comunidades de propietarios españolas cuyo volumen de operaciones anuales supere los 3.005,06€ tendrán que declarar a Hacienda mediante el modelo 347 desde 2015. Así fue anunciado en una publicación del BOE del pasado 26 de octubre que indica las nuevas obligaciones tributarias establecidas por el Real Decreto 828/2013.
Esta medida ha entrado en vigor el 1 de enero de 2014, lo que supone que, aunque el modelo 347 se presente en 2015, deberá incluir los datos contables referentes al ejercicio 2014.
Por otra parte, es importante saber que la nueva Ley de rehabilitación, regeneración y renovación urbana concede subvenciones a aquellas comunidades de vecinos que deseen realizar alguna reforma en su finca. Para obtener estas ayudas es imprescindible que las comunidades tengan perfectamente detallada su contabilidad y que se hayan realizado las presentaciones fiscales correspondientes.
Las nuevas estipulaciones legales ponen de manifiesto la necesidad de la figura de un administrador de fincas que se ocupe de realizar todas las operaciones fiscales y legales para evitar posibles problemas a los propietarios con la Administración y el fisco.