Si vives en una comunidad de vecinos, debes saber que tu edificio tiene que ser accesible antes de finalizar el 2017. Esto es lo que marca la nueva ley de accesibilidad aprobada en 2013, dónde se marca el 4 de diciembre del 2017 como fecha límite para adaptar los accesos a la vivienda.
¿A qué comunidades afecta?
Las comunidades en régimen de propiedad horizontal son las principales aludidas, poniendo especial hincapié en los bloques de pisos destinados a viviendas. La ley no diferencia entre obra nueva o ya existente, afectando a estos edificios independientemente de su antigüedad. El único requerimiento para garantizar la accesibilidad del edificio es que éste cuente con un demandante. Si un vecino o más necesita silla de ruedas o cualquier otro tipo de ayuda técnica para poder entrar o salir de su vivienda, la comunidad de propietarios estará obligada a colaborar en su ayuda.
Por lo general, la ley solo puede aplicarse en los casos que haya un demandante. Por ello, si estamos pensando en comprar un piso, apartamento o dúplex, sea se segunda mano o de obra nueva, debemos asegurarnos de que sea accesible. En caso contrario, si un vecino necesitase adaptar los accesos del edificio, deberemos cumplir con nuestra parte como propietarios. Cabe recordar que cualquier persona es susceptible de necesitar silla de ruedas o cualquier otro elemento de apoyo, ya sea por edad, accidente o enfermedad.
Por otra parte, esta ley no afecta a comunidades de casas unifamiliares ni chalets privados.
¿Qué soluciones existen para hacer accesible mi comunidad?
Si nuestra comunidad no es accesible, existen diferentes soluciones en accesibilidad pensadas para prácticamente cualquier situación, por difícil que sea. Normalmente, la principal barrera arquitectónica que impide la libre movilidad son los escalones y rellanos elevados.
En la entrada principal de un edificio de viviendas es fácil encontrar, al menos, un escalón. En algunos casos, este pequeño obstáculo se puede solventar con una rampa… pero no siempre es posible hacer obras, ya sea por su elevado coste, por espacio o por normativas municipales.
En estos casos, existen alternativas varias. Una de las más comunes y versátiles son las sillas salvaescaleras. Son una solución económica y fiable, apta para escaleras estrechas, ya sean de un solo tramo o multiplanta con varias paradas y rellanos. Además, ocupan muy poco espacio y no requieren mantenimiento (aunque es recomendable). Por el contrario, las sillas salvaescaleras no son aptas para personas que utilizan silla de ruedas ya que requiere hacer una transferencia de una silla a otra, y haría falta que alguien subiese o bajase la silla de ruedas o tener una en cada planta.
Para estos usuarios en silla de ruedas una de las mejores soluciones son las plataformas sube escaleras. A través de una plataforma plegable, una persona en silla de ruedas puede subir y bajar escaleras rectas o con curvas de manera totalmente autónoma. Además, pueden usarlas otros vecinos para transportar el carro de la compra, el carrito del bebé,…
Si por el contrario, disponemos de espacio suficiente para un elevador, podemos instalar una solución apta para toda la comunidad. Ya sea de corto recorrido (hasta 3 metros) o de largo (más de 3 metros), un ascensor elevador supone una inversión mucho más versátil. Existen muchos modelos (eléctricos, hidráulicos, con bomba de vacío), con multitud de acabados para conseguir una mayor integración en el entorno.
Dada la variedad de soluciones que existen, es recomendable dejarse asesorar por un técnico especializado. Con una visita presencial podrá ofrecer no solo las mejores soluciones, sino un presupuesto mucho más detallado y realista. En Válida sin barreras disponemos de técnicos cualificados, con una larga experiencia en el sector de la accesibilidad que te asesoraran sin compromiso y totalmente gratis. Además, podrás ver una simulación en 3D de cómo quedaría la instalación acabada.
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